c o n t a c t o :     9 6  1 0 5  3 0  5 0   -   6 3 3  5 1 6  0 0 2   -    6 2 2  1 2 3  6 4 5   -    c a . f i n c a s @ g m a i l . c o m

Tasas judiciales para comunidades de propietarios

Para el procedimiento monitorio, la tasa se corresponde con un fijo de 100€ más un 0,1% de la cantidad reclamada.

No obstante hay que tener en cuenta una serie de circunstancias particulares:

  • Si la deuda es superior a 2.000€, la comunidad estará exenta del pago de la tasa judicial.
  • Y por otro lado, aunque en un principio la comunidad deberá abonar dicha tasa si la cantidad reclamada es inferior a 2.000€, ésta se podrá incluir en las costas procesales, que en el caso de condena para el moroso, deberá pagar sumada a la deuda con la comunidad.